Plebiscito Municipal (Consulta Popular)
El plebiscito municipal es la consulta popular mediante la cual los habitantes de un cantón (municipalidad) se pronuncian sobre un asunto de trascendencia local. Es convocado por el Concejo Municipal, mediante un acuerdo de convocatoria, que deberá comunicar al Tribunal Supremo de Elecciones y que contendrá, entre otros requisitos, los siguientes: la fecha en que se realizará el plebiscito (que no será a menos de tres meses de haber sido publicada la convocatoria) y una definición clara y detallada del asunto que será objeto de consulta. En caso que el plebiscito sea rechazado, el asunto no podrá volver a ser sometido a consulta popular en un tiempo prudencial que nunca será inferior a los dos años.
Diseño institucional
Formalización: la innovación está anclada en la constitución o legislación, en un acto administrativo, o no está formalizada?
Frecuencia: con qué frecuencia ocurre la innovación: una sóla vez, esporádicamente o es de carácter regular/permanente?
Modo de selección de los participantes: está abierta la innovación a toda clase de participantes, está restringida por alguna clase de condición, o clase de participantes, está restringida por alguna clase de condición, o aplican ambos modos?
Tipo de participantes: Tipo de participantes: quienes participan son individuos, organizaciones de la sociedad civil, grupos privados o una combinación de estos?
Capacidad de tomar decisiones vinculantes: la innovación toma decisiones vinculantes, no vinculantes o no toma decisiones?
Co-gobernanza: el gobierno está involucrado en el proceso o no?
- Formalización
- embedded in the constitution/legislation
- Frecuencia
- sporadic
- Modo de selección de los participantes
- open
- Tipo de participantes
- ciudadanos
- Capacidad de tomar decisiones vinculantes
- toma una decisión vinculante
- Co-gobernanza
- yes
Medios
|
Fines
|