Audiencias Públicas Municipales
Las "Audiencias Públicas Municipales" están contempladas en la Ley Orgánica Municipal 3.966/10 del 2010 y ésta se ha reglamentado en el 2016 para establecer el objetivo y el carácter de las audiencias. De esta manera, a partir de febrero del 2017 el órgano ejecutivo de las municipalidades deberá convocar a una audiencia pública a más tardar la primera quincena de febrero de cada año. El objetivo de las mismas será principalmente la rendición de cuentas donde se expliquen los resultados de la gestión en cuanto a obras realizadas, inversiones, fondos recibidos, gastos, licitaciones, y otro tipo de informaciones que permita a la ciudadanía evaluar la gestión municipal.
Diseño institucional
Formalización: la innovación está anclada en la constitución o legislación, en un acto administrativo, o no está formalizada?
Frecuencia: con qué frecuencia ocurre la innovación: una sóla vez, esporádicamente o es de carácter regular/permanente?
Modo de selección de los participantes: está abierta la innovación a toda clase de participantes, está restringida por alguna clase de condición, o clase de participantes, está restringida por alguna clase de condición, o aplican ambos modos?
Tipo de participantes: Tipo de participantes: quienes participan son individuos, organizaciones de la sociedad civil, grupos privados o una combinación de estos?
Capacidad de tomar decisiones vinculantes: la innovación toma decisiones vinculantes, no vinculantes o no toma decisiones?
Co-gobernanza: el gobierno está involucrado en el proceso o no?
- Formalización
- embedded in the constitution/legislation
- Frecuencia
- regular
- Modo de selección de los participantes
- open
- Tipo de participantes
- ciudadanos
- Capacidad de tomar decisiones vinculantes
- no toma decisión
- Co-gobernanza
- yes
Medios
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Fines
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